Patria Potestad y Guarda y custodia de menores, son diferentes¿?
Patria Potestad y Guarda y custodia de menores, son diferentes¿?
Hoy estoy aquí para hablarles de un tema muy importante y que a veces puede causar confusión: la diferencia entre la custodia de los hijos y la patria potestad. ¿Suena complicado? ¡Para nada! Vamos a aclararlo de una manera sencilla y directa.
Imaginémonos por un momento la vida diaria de nuestros pequeños. Levantarse por la mañana, decidir qué desayunar, qué ropa ponerse o a qué hora deben irse a dormir. Todas estas decisiones, que forman parte del día a día, son responsabilidad de la persona que tiene la custodia. Bastante sencillo, ¿verdad?
Ahora bien, hablemos de la patria potestad. Aquí la cosa se pone un poco más seria. La patria potestad implica tomar decisiones fundamentales para el desarrollo de nuestros hijos: ¿en qué colegio estudiarán?, ¿necesitan una operación médica?, ¿cómo gestionamos su educación? Para estas decisiones cruciales, es necesario el consentimiento de ambos padres, independientemente de quién tenga la custodia.
Pero, ¿qué pasa cuando los padres no se ponen de acuerdo en estas decisiones importantes? Aquí entra en juego un procedimiento legal bastante sencillo, que puede iniciarse directamente por los progenitores, aunque lo más recomendable es contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de infancia y familia. Y no, no hace falta estar en medio de un proceso de separación o divorcio para recurrir a este procedimiento.
El juez, tras escuchar a ambos padres, tomará una decisión y dará la razón a uno de ellos. El criterio del progenitor que reciba el apoyo del juez será el que prevalezca en cuanto a la decisión sobre el menor. Además, el juez también puede determinar cómo se van a repartir los gastos relacionados con esta decisión, especialmente si el desacuerdo viene más por la parte económica que por la decisión en sí.
Hablemos ahora de los tipos de decisiones o gastos relacionados con los menores. Tenemos las decisiones urgentes, que, como su nombre indica, son aquellas que no pueden esperar. Estas se tomarán sin el consentimiento del otro progenitor, aunque después se pueda discutir sobre ellas.
Luego están las decisiones o gastos necesarios, como pueden ser unas gafas nuevas o los medicamentos. Estas decisiones no requieren de un acuerdo para llevarse a cabo porque son esenciales, aunque sí es necesario consensuar cómo se asumen los gastos.
Por último, tenemos los gastos suntuarios, aquellos que van más allá de lo básico o necesario, como enviar a nuestros hijos a estudiar al extranjero. Para estos casos, es fundamental tener el consentimiento previo de ambos padres, tanto para la decisión en sí como para los costos que implica.
Así que, como ven, aunque la custodia y la patria potestad puedan parecer conceptos complicados, en realidad son bastante claros. Lo más importante es siempre buscar lo mejor para nuestros hijos, garantizando su bienestar y desarrollo.