No es extraño el caso en que los padres transfieren la responsabilidad de la crianza, casi en exclusiva, a los abuelos, a menudo por problemas de incompatibilidad de horarios, pero incluso por comodidad. Los abuelos no están obligados a adoptar este papel, recordemos que la patria potestad la tienen los progenitores por lo general. Y también que los padres pueden reclamar su derecho a conciliar su vida laboral y familiar.
QUIERO VER A MIS NIETOS DESPUÉS DEL DIVORCIO
En ocasiones, tras la ruptura de la pareja, uno de los progenitores impide activamente que los abuelos tengan acceso a sus nietos. Si bien lo normal es que en los convenios de divorcio no se establezcan turnos específicos, la Justicia sí que ha reconocido el derecho de los abuelos a tener contacto con ellos.
NECESITO CUIDADOS Y MIS HIJOS ME IGNORAN
Los hijos tienen ciertas obligaciones de cuidados hacia sus padres, que pueden llegar incluso a las ayudas económicas si las circunstancias lo requieren. Se podrían incluso tomar medidas legales contra ellos en caso de incumplimiento. En cuanto a la herencia, en general, y salvo algunas excepciones territoriales, los hijos reciben al menos dos terceras partes. Sí que se les podría desheredar si descuidan a los padres, pero hay que probarlo y es un proceso largo y complicado.
QUIERO AYUDA DE MI AYUNTAMIENTO
Lo normal es que los ayuntamientos o las diputaciones provinciales presten servicios de apoyo a las personas en situación de vulnerabilidad, ya sea por salud, discapacidad, edad o incluso económica. A menudo sirven comidas a domicilio, facilitan medallas de alarma o envían personal especializado a domicilio, entre otros servicios. Los trámites suelen ser largos y algo farragosos.
QUÉ DERECHOS TENGO SI ME VOY A UNA RESIDENCIA
Las personas que ingresan en una residencia, generalmente por razones de edad y salud, deben ser tratadas con dignidad, bien atendidas, en condiciones higiénicas y médicas correctas y bien alimentadas. Asimismo se les deben facilitar opciones de ocio y de relaciones personales con otros residentes. También pueden recibir visitas, hacer salidas temporales o pasear… A cambio deben someterse a las reglas de funcionamiento del centro, en especial a sus horarios.
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