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Ganancial- Privativo ¿? los regalos a un cónyuge : lo que necesitas saber

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Ganancial- Privativo ¿? los regalos a un cónyuge : lo que necesitas saber

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia  el pasado 8 de Julio  sobre  las donaciones en el matrimonio.

Esta sentencia es fundamental para entender qué bienes serán de ambos cónyuges y cuáles no.

A continuación, desde este blog, te explicamos los puntos más importantes de esta decisión:

  1. Donaciones Privativas: Si uno de los cónyuges recibe una donación, como dinero o acciones, de sus padres, estos bienes no se compartirán con el otro cónyuge. Permanecen como propiedad exclusiva del receptor de la donación.
  2. Venta de bienes donados: Si vendes algo que te regalaron, el dinero obtenido sigue siendo solo tuyo y no se considera parte del patrimonio compartido del matrimonio.
  3. Claridad en los Bienes: Esta sentencia ayuda a definir claramente qué bienes formaran parte de la sociedad de gananciales y cuáles no, lo que es crucial en casos de separación o divorcio.

¿Por qué es Importante?

Probar que los bienes te fueron regalados solo a ti, o que el dinero obtenido de la venta es solo tuyo marcará la diferencia.

Por ello esta  sentencia subraya la importancia de contar con asesoramiento legal especializado en derecho de familia.

La correcta interpretación de estos detalles puede marcar una gran diferencia en la protección de tus intereses económicos.

En Abad Sáez Abogados, estamos para ayudarte¡